Seguridad Interior, Seguridad Nacional y Seguridad Pública

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Por Abraham Cortez Bernal*

Este jueves 21 de diciembre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que expide la Ley de Seguridad Interior, con 34 artículos y 5 transitorios.

Dicha ley ampliamente cuestionada y con diversas ambigüedades, remite en repetidas ocasiones a la Ley de Seguridad Nacional publicada en 2005, sin que nos deje clara la diferencia entre una y otra. En este sentido, frecuentemente “se yuxtaponen y confunden seguridad nacional, seguridad interior, seguridad pública y defensa nacional”; tal como expresaba en un artículo hace años, el propio General mexicano Roberto Miranda, refiriéndose no solamente a las leyes, sino lo que es más grave, también al ejercicio de las propias acciones de seguridad que pueden traer como consecuencia, militares que terminan haciendo de policías municipales, como ya hemos padecido en Baja California. Ante este escenario, merece la pena una distinción básica de los conceptos aludidos.

La expresión de Seguridad Pública, habremos de entenderla como el propósito institucional de salvaguardar los derechos de los individuos, preservar sus libertades, así como el orden y la paz entre las personas. Dicho propósito se caracteriza por las acciones de prevención, investigación y persecución de delitos, así como de faltas administrativas a través de autoridades nacionales, estatales y municipales, cada cual en el respectivo ámbito de sus atribuciones.

Por su parte la Seguridad Nacional, es materia exclusiva del Ejecutivo Federal mediante instituciones como Secretaría de la Defensa Nacional, Secretaría de Marina, Gobernación, Policía Federal u otras; articuladas y coordinadas bajo un Consejo de Seguridad Nacional. Expresión con la que nos referimos a una realidad concreta que permite al gobierno mantener la integridad, estabilidad y permanencia del propio Estado Mexicano, conteniendo o neutralizando los riesgos que le amenacen como tal, y no directamente a sus individuos aunque ese sea su objetivo final, como expresa el artículo tercero de la Ley de Seguridad Nacional.

Una parte de dicha Seguridad Nacional, es la llamada Seguridad Interior. El propio artículo 89, fracción VI de nuestra Constitución, al prever como facultades y obligaciones del Presidente de México, preservar la seguridad nacional y disponer de la totalidad del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, distingue que es “para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación”. Es decir, la Seguridad Nacional puede ser exterior, por ejemplo la defensa de la soberanía, independencia o del territorio nacional por parte de amenazas extranjeras; como interior, con origen dentro del territorio nacional, como emergencias, desastres naturales, o que afecten deberes de colaboración de las entidades federativas y municipios en materia de seguridad. Finalmente, cabe aludir el término Defensa Nacional como aquel referido a las acciones estratégicas cuyo objeto es preservar la seguridad nacional.

Pues bien, sobre Ley de Seguridad Interior vigente apenas desde el viernes pasado, se advierten modificaciones a su proyecto inicial, incluyendo un tratamiento especializado para hacerla sobrevivir ante una eventual Acción de Inconstitucionalidad.

Por ejemplo exige un riguroso protocolo para emitir una “declaratoria de protección a la seguridad interior”, debiendo notificar el presidente a la CNDH, publicándola en el Diario Oficial de la Federación con objetivos, duración y amenaza específica. Sin embargo ese garantismo se viene abajo con algún texto entreverado en el artículo 16 que expresa que el Presidente podrá ordenar acciones inmediatas a las dependencias, incluidas las fuerzas federales y armadas, cuando las amenazas a la seguridad interior representen un grave peligro para las instituciones; ello a su criterio, por supuesto y sin perjuicio de que “ahí sobre la marcha” les avise a titulares de los ejecutivos estatales. O bien, con un artículo 26 que expresa que las “acciones” que se realicen para prevenir y atender riesgos a la seguridad interior, no requieren Declaratoria de Protección de Seguridad Interior, con toda la amplitud semántica del término “acciones”.

Como precisamos en este mismo espacio a principios de mes, el texto en sí no parece ofensivo, pero una vez que tengamos al ejército dentro de nuestros hogares, revisando artículos personales e interrogando a nuestras familias, difícil será explicarles que el artículo 7 de dicha ley les exige respeto los Derechos Humanos. No es imposible que ocurra, a fines de la década anterior, lo vivieron cientos de familias en Baja California.

El autor es profesor de Derecho penal en la U.A.B.C y.cuenta con máster en Ciencias Penales y máster en Criminología por la Universidad de Barcelona.

acortez@cienciaspenales.info

Celebraron reunión del Consejo Estatal para la Atención Personas con Discapacidad

En el marco de la reunión del Consejo Estatal para la Atención de Personas con Discapacidad, el cual es integrado por todas las dependencias del Gobierno de #BajaCalifornia.

La Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California expuso a través de la Dirección de #Estrategias que uno de sus objetivos en la presente administración es garantizar la accesibilidad en su infraestructura básica a través de la adecuación de las instalaciones para facilitar el acceso a personas con discapacidad y elementos de asistencia que los acompañen, con el animo de garantizar los espacios públicos a personas con discapacidad como una prioridad además del acceso a la #Justicia

Durante la reunión del Consejo Estatal también se dijo que la Procuraduría promoverá en el marco de inclusión la atención integral a personas con discapacidad y de la tercera edad,

garantizándoles una preferencia en el acceso a tramites.

Lo inseguro de la Ley de Seguridad Interior. Mtro. Cortez Bernal.

Por Abraham Cortez Bernal23783458_10155018112170841_2925314999786770598_o

A partir del año 2008 comencé a preguntar a mis alumnos de Derecho: ¿En casa de cuántos de Ustedes ha entrado el Ejército sin una orden judicial? La respuesta era impactante, pues de dos a siete estudiantes por grupo, afirmaron que soldados mexicanos habían irrumpido en su domicilio sin permiso alguno. Así era. Estudiantes de Derecho violentados en una garantía fundamental, al igual que comerciantes, profesionistas, o servidores públicos. El atropello fue generalizado y defendido entonces por los tres niveles de gobierno de esta y otras entidades. Una de esas ocasiones escuché a un militar justificando que se trataba de una revisión “de rutina” en el interior de todas las casas de una colonia.

El jueves pasado se difundía la noticia de que seis integrantes del Batallón de Infantería número 29 de la Secretaría de la Marina Armada de México, habían secuestrado en vehículo oficial a un empresario. Al mismo tiempo los mexicanos nos enterábamos también de que la Ley de Seguridad Interior, que permite al Ejecutivo el uso de las fuerzas armadas frente a “todas aquellas acciones que pretendan vulnerar la paz social” (art. 8-IV), había sido aprobada en la Cámara de Diputados y remitida al Senado para su aval antes del próximo 15 de diciembre.

Obviamente dicha ley no consiente secuestrar, ni allanar nuestros hogares sin permiso. De hecho prevé expresamente lo contrario, la exigencia de respeto a los Derechos Humanos y Garantías individuales. Tampoco es correcto descalificar a la institución de las fuerzas armadas por los delitos de algunos, mientras hombres y mujeres con el mayor profesionalismo militar arriesgan todo por cumplir sus tareas de seguridad y protección a nuestros intereses; sin soslayar por su parte, que son instituciones presupuestalmente muy costosas de las que aspiramos al máximo provecho y los mejores resultados. Entonces ¿Qué riesgos representa la Ley de Seguridad Interior?

Recordemos algunos datos. Las políticas de endurecimiento contra el crimen (aumentos de penas, intervenciones militares, etc.) traen aparejada la verticalizacón del poder punitivo, dan más poder al gobernante de turno. Por ello es que a veces para lograrlo, afirma el jurista Zaffaroni, se inventan demonios. Así en la inquisición se inventó un demonio a cientos de mujeres para llevarlas como brujas a la hoguera. A Irak, Estados Unidos le inventó el demonio de las armas de destrucción masiva para poder atacar de forma dominante, y en México se reinventa cada día el demonio de las drogas, mediante el cual, por ejemplo en el sexenio anterior, se causaron más de cien mil muertes bajo pretexto de su combate. Cien mil muertes que jamás lograría causar el consumo de drogas por sí solo en tan poco tiempo.

En este sentido, los derechos humanos y las propias leyes se comparan a un dique de contención de ese poder punitivo estatal. Cuantos más agujeros tenga el dique, más posibilidad de atropellos y violaciones a nuestra libertad tendremos. Si el dique tiene muchas fugas, incluso puede romperse causando genocidio, como en el Estado Nacional Socialista, el Fascismo italiano o la dictadura chilena. Dice el refrán que “en arca abierta hasta el más justo peca”, y el texto de poder militarizar “todas aquellas acciones que pretendan vulnerar la paz social” es una buena apertura en el muro de contención legal de las fuerzas estatales. Ese es básicamente el riesgo.

A la “mano dura” de los gobiernos se suma el peligro de su alta popularidad, respaldada por expertos de cafetería y redes sociales, que sin medir consecuencias la suponen como única solución, convirtiendo a políticos no expertos en simpatizantes, y a los no simpatizantes en rehenes de medios de comunicación, e intereses electorales. Todo ello descartando que ese mismo poder de castigo, con todo y atropellos, puede tocar a cualquiera de nosotros, delincamos o no. Sin duda bajo un ejercicio moderado, la ley puede ser de utilidad, pero no es garantía descartar que ocurra lo mismo que hace diez años: Militares en cada esquina y dentro de nuestras habitaciones, con todo y que no esté permitido.

Como afirmaba en 1882 el jurista alemán Von Bar: «Donde llueven leyes penales continuamente, donde entre el público a la menor ocasión se eleva un clamor general de que las cosas se remedien con nuevas leyes penales o agravando las existentes, ahí no se viven los mejores tiempos para la libertad”.

El autor es maestro en Ciencias Penales por la Universidad de Barcelona y profesor de Derecho penal en la U.A.B.C.
acortez@cienciaspenales.info

 

Son autosecuestros 10 de cada 100 plagios en el país. CONASE

http://www.lacronica.com/EdicionEnLinea/Notas/Nacional/29102017/1269364-Son-autosecuestros-10-de-cada-100-plagios.html

Penas mas severas a quienes violenten menores: diputada Alfa Penaloza

Alfa Peñaloza pide penas más severas para quien violente a menores. Debido al notable incremento de violencia familiar, la diputada Alfa Peñaloza Valdez presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, a efecto de aumentar hasta en una mitad la penalidad establecida para sancionar a quien ejerza violencia física o moral en contra…

a través de Alfa Peñaloza pide penas más severas para quien violente a menores — Plural.mx

Sanciones severas a quienes no respeten espacios para personas con discapacidad.

TIJUANA.- “Trabajando juntos lograremos que Tijuana, sea una ciudad accesible e incluyente”, lo anterior lo manifestó el Alcalde de Tijuana, Juan Manuel Gastélum al aprobarse el punto de acuerdo relativo al Reglamento sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en la Sesión Ordinaria de Cabildo.

a través de Sanciones severas a quien no respete espacio para personas con discapacidad — En Línea BC

Urge garantizar el resguardo y manejo adecuado de cadaveres en Baja California

TIJUANA.- La Criminologia Cristina Padilla, Coordinadora de la SOCIFO en Baja California manifestó que la iniciativa que busca el resguardo de los derechos humanos después de la muerte, no solo debe armonizar la legislación estatal en lo referente al manejo de cadáveres por el Servicio Médico Forense sino que debe garantizar el recurso y presupuesto necesario para […]

a través de Acertada propuesta sobre manejo de cadáveres en Semefo: Socifo — En Línea BC

¿ES LA VIOLENCIA EN LATINOAMÉRICA PRODUCTO DEL NARCOTRÁFICO? — Tijuanapress.com

Foto: Archivo Tijuanapress.com. Por Servicios Voz de America. Viernes 16 de junio de 2017. La epidemia de opioides en Estados Unidos y el papel de México como principal proveedor de heroína al país han hecho que la ‘guerra contra las drogas’ vuelva a estar en boca de los políticos estadounidenses. Los ejemplos son […]

a través de ¿ES LA VIOLENCIA EN LATINOAMÉRICA PRODUCTO DEL NARCOTRÁFICO? — Tijuanapress.com

LATINOAMÉRICA ESTÁ ENVEJECIENDO — Tijuanapress.com

Foto de archivo: ONU. Se requieren políticas públicas al respecto. Por Carla García/ Radio ONU. Domingo 25 de junio de 2017. El Centro Latinoamericano y Caribeño de Demografía de la Comisión Económica para América Latina, reveló un nuevo informe que indica que la población de la región se está haciendo cada vez más […]

a través de LATINOAMÉRICA ESTÁ ENVEJECIENDO — Tijuanapress.com

Demandan Sistema de Seguridad Especial para policías y sus familias — En Línea BC

MEXICALI.- El diputado Marco Antonio Corona Bolaños Cacho demandó, a nombre del grupo parlamentario del PRI, un sistema de seguridad especial para los policías y sus familias. “A ellos debemos nuestra gratitud por la labor que desempeñan, principalmente, a quienes se han conducido con lealtad, honor y justicia. No podemos permitir que queden desamparados ante […]

a través de Demandan Sistema de Seguridad Especial para policías y sus familias — En Línea BC