Para hacer pública una declaración patrimonial se necesita autorización del funcionario, determina la Corte

Canal Judicial

Por mayoría de votos el Pleno de la Corte declaro la constitucionalidad del párrafo tercero del Artículo 40 de la Ley federal de responsabilidades administrativas de los servidores públicos. (Amparo en revisión 599/2012).

Disposición que solo permite hacer públicas las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos, si se existe autorización del funcionario implicado.

El cual establece las reglas para la publicitación de la información relativa a la situación patrimonial de los servidores públicos”, Fernando Franco González Salas, Ministro SCJN

La mayoría de ministros consideró que la norma no viola el derecho de acceso a la información, al fijar las condiciones para conocer la declaración patrimonial de los funcionarios.

La Constitución prevé la transparencia en cuanto a las remuneraciones y tabuladores de los servidores públicos, ello reitero de modo general y por su puesto o en función, lo cual de suyo es una cuestión diversa a publicitar la…

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Autor: Sociedad de Ciencias Forenses en Baja California

Organización de la sociedad civil cuyos objetivos son de carácter académico, cultural y científico.

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